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A. 1776/24
Auto23 de octubre de 2024

Sentencia A. 1776/24

Corte Constitucional·23 de octubre de 2024·Ponente Vladimir Fernández Andrade

Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel de la fuente publicada
A1776-24


REPÚBLICA DE COLOMBIA

CORTE CONSTITUCIONAL

SALA PLENA

 

AUTO 1776 DE 2024

 

Referencia: Expediente ICC-4677.

 

Asunto: conflicto de competencia suscitado entre la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá; la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes; el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección B; y el Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá.

 

Magistrado sustanciador:

Vladimir Fernández Andrade.

 

Bogotá D.C., veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticuatro (2024).

 

La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, profiere el presente

 

AUTO

 

1.                 La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá remitió a esta corporación el expediente de la referencia, el cual versa sobre los siguientes asuntos[1]:

 

(i)               Un conflicto de competencia vinculado con el conocimiento de un incidente de desacato suscitado entre la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes.

(ii)             Un conflicto aparente de competencia suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección B, y el Juzgado 17 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá.

 

2.                 Por medio de auto del 16 de octubre de 2024, la Sala Plena de la Corte Constitucional debatió y decidió los asuntos ya descritos contenidos en el expediente ICC-4677, al que le correspondió el número de auto 1731 de 2024.

 

3.                 Sin perjuicio de lo anterior, se advierte que, por error entre las dependencias de la Corte, se presentó una doble numeración respecto al auto que resuelve expediente de la referencia. En efecto, se tiene que el auto 1277 del 01 de agosto de 2024 versa sobre el mismo asunto. Con la finalidad de corregir este yerro, se precisa que el ICC-4677 fue debatido, aprobado y resuelto por la Sala Plena el 16 de octubre del presente año. En consecuencia, la Sala Plena ordenará a la Secretaría General de la Corte anular el número de auto 1277 de1 01 de agosto de 2024.

 

Con base en las anteriores consideraciones, la Sala Plena de la Corte Constitucional,

 

RESUELVE

 

Único: ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional, ANULAR el número de auto 1277 del 01 de agosto de 2024.

 

Cúmplase.

 

 

JOSE FERNANDO REYES CUARTAS

Presidente

 

 

 

NATALIA ÁNGEL CABO

Magistrada

Ausente con permiso

 

 

 

JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ

Magistrado

 

 

 

DIANA FAJARDO RIVERA

Magistrada

 

 

 

VLADIMIR FERNÁNDEZ ANDRADE

Magistrado

 

 

 

JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR

Magistrado

 

 

 

ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO

Magistrado

 

 

 

PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA

Magistrada

 

 

 

CRISTINA PARDO SCHLESINGER

Magistrada

 

 

 

ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ

Secretaria General

 

 

 

 

 

 



[1] Entre los documentos remitidos en el expediente ICC-4677, se encuentra un documento aislado que corresponde a un auto del 26 de abril de 2024 proferido por el Juzgado 18 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Bogotá.